6.ª reunión de la mesa negociadora del ERE

15/12/2025

Intervención del representante de la empresa:

Comienza la intervención de la empresa reconociendo el esfuerzo de negociación demostrado por las partes representadas en la mesa de negociación del ERE.

Continua la empresa resaltando las concesiones realizadas en aras de la buena fe fruto del esfuerzo por atender las peticiones planteadas por parte de la RRTT.

La empresa avanza los siguientes puntos clave con el objetivo de avanzar en el proceso de negociación.

Se rebaja el umbral del suelo mínimo de salidas a 3100 personas a partir de ahí la empresa no podría realizar salidas no voluntarias.

Se establecen los siguientes parámetros como criterios base a la hora de salida siempre y cuando no se comprometa la actividad del área:

–Mayor cercanía a la jubilación y mayor edad, todo esto supeditado a la viabilidad de las tareas y carga de trabajo y proyectos críticos de la compañía.

La previsión de salidas será la siguiente:

Años 1969-1970 y anteriores con salidas durante el 2026 a 1 de marzo, pudiéndose producirse salidas escalonadas dependiendo del área durante el 2026 a 2027 (2º semestre)

Para las personas que no salgan durante el 1 de marzo de 2026 se les informara de su salida con una antelación de 1 mes antes de su salida,

La salida de las personas en áreas no excedentarias su salida se producirá durante 2028

Respecto al CESS (Convenio colectivo de la seguridad social) y para evitar una penalicen superior de 24 meses se introducen dos mejoras.

  1. La posibilidad de solicitar de forma voluntaria una renta lineal de los 61 a 65 años
  2.  La póliza de salud hasta que la penalización sea inferior a los 24 meses (65 años)

Áreas no excedentarias se excluyen en su cómputo el colectivo de mandos y vetados del anterior ERE de 2024.

Para el caso de personas en excedencia, se tratará su incorporación al ERE siempre que en sus condiciones se reconozca la posibilidad del retorno

La propuesta nos emplaza la próxima reunión del miércoles 17 anunciando una propuesta finalista.

Intervención de la representante STC:

Buenos días a todas y a todos los presentes, representación de la empresa y de las organizaciones sindicales:

Desde STC queremos comenzar reconociendo que, en el transcurso de estas reuniones, se han producido avances que valoramos positivamente. Estos avances evidencian que existe margen para alcanzar un acuerdo equilibrado. Dicho esto, debemos ser muy claros: en los términos actuales, la propuesta de la empresa no garantiza la voluntariedad real del proceso, y por tanto no permite cerrar un acuerdo.

Para STC este ERE solo puede ser plenamente voluntario, sin salidas forzosas y sin vetos, explícitos o encubiertos. En este sentido, agradecemos el esfuerzo al bajar el objetivo mínimo de 3.100 adhesiones aún sigue siendo un elemento de bloqueo. Se trata de ajustar el umbral organizativo a un nivel razonable y proporcional que permita a las personas tomar decisiones sin incertidumbre. Por ello, consideramos imprescindible una reducción significativa del objetivo mínimo, acompañada de una cláusula expresa que garantice que, una vez alcanzado dicho umbral, únicamente se tramitarán solicitudes voluntarias.

Asimismo, desde STC consideramos irrenunciable garantizar la salida del personal vetado en el ERE de 2024. No puede aceptarse que este colectivo vuelva a quedar bloqueado o condicionado por criterios discrecionales. Para ello, resulta imprescindible articular un mecanismo de priorización y, en su caso, excluir a este colectivo de los cómputos porcentuales que operan como limitadores en determinadas áreas, garantizando su salida efectiva durante la vigencia del expediente.

En relación con las áreas no excedentarias, valoramos positivamente la apertura del 35%, habiendo excluido del cómputo a la estructura de mandos y al personal vetado del expediente anterior, pero desearíamos que la cifra fuera mayor y pensamos que deben habilitarse fórmulas de gestión escalonada que permitan absorber solicitudes a lo largo de la vigencia del ERE, sin vetos definitivos, utilizando las palancas organizativas disponibles —reskilling, movilidad funcional, concursos de méritos y empleo nuevo— para compatibilizar las salidas con la continuidad del negocio.

Desde STC señalamos un agravio económico objetivo derivado de la cláusula convencional que difiere la actualización del IPC al 1 de enero de 2027, lo que perjudica a las personas que causen baja con anterioridad a dicha fecha, especialmente al colectivo vetado del ERE anterior. Esta situación genera un trato desigual respecto del resto de la plantilla, pese a un esfuerzo y aportación equivalentes, resultando contrario al principio de igualdad de trato, por lo que entendemos que se hace necesario articular medidas compensatorias.

Como solución preferente, proponemos que, a efectos del cálculo del salario regulador y de las rentas del ERE, se incorpore la actualización del IPC correspondiente a los años 2024 y 2025. No obstante, desde STC manifestamos nuestra disposición a valorar medidas alternativas de efecto compensatorio equivalente, como la extensión del seguro de salud hasta los 65 años, u otras fórmulas que permitan neutralizar esta pérdida y preservar la equidad del acuerdo.

En materia de protección social, y para evitar penalizaciones por encima de los 24 meses en el acceso a la jubilación, valoramos los avances relativos a la cobertura extendida del Convenio Especial y sus coberturas asociadas, pero consideramos necesario completar el esquema con fórmulas voluntarias de cobro de la renta que garanticen estabilidad de ingresos en los últimos años previos a la jubilación, evitando situaciones de desprotección económica.

Respecto a la creación de empleo, el 7% planteado por la empresa es insuficiente. STC exige un mínimo del 10%, mayoritariamente dentro de convenio, con criterios de equilibrio territorial y funcional, como garantía de sostenibilidad y de equilibrio en la ordenación de recursos.

Asimismo, solicitamos que el personal adherido al ERE mantenga las mismas ofertas, promociones y descuentos en los servicios telefónicos que el personal en activo. Y, dada la función social e integradora de ATAM, consideramos que la empresa debería asumir íntegramente la aportación correspondiente a las personas acogidas al ERE.

En definitiva, desde STC entendemos que existe margen real para el acuerdo, pero este pasa necesariamente por: reforzar la voluntariedad y la universalidad, rebajar el objetivo mínimo de adhesiones, garantizar la salida del personal vetado del proceso anterior, dotar de operatividad real el acceso desde áreas no excedentarias, corregir o compensar el agravio derivado del diferimiento del IPC y elevar el compromiso de creación de empleo.

Nuestra organización mantiene una actitud constructiva y seguirá trabajando para alcanzar un acuerdo equilibrado; no obstante, queremos dejar constancia de la necesidad de avances concretos en estos elementos para hacer posible suscribir un acuerdo.

Sin otro particular, quedamos a la espera de una respuesta concreta de la empresa en la próxima reunión. Muchas gracias.

Entradas relacionadas

Scroll al inicio