LA COMPENSACIÓN DEL TIEMPO EQUIVALENTE

09/07/2025

1.Compensación por tiempo de desplazamiento fuera de jornada laboral

El CEV III regula la compensación específica por el tiempo equivalente empleado en el desplazamiento, en los casos de «trabajos en antenas» o «cursos de formación». Las dudas surgen cuando este tiempo de desplazamiento se utiliza para asistir a una reunión de trabajo en una provincia distinta a la de la residencia laboral.

2. Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas (CEV III)

El convenio no regula específicamente la compensación por el tiempo de desplazamiento fuera de la jornada laboral cuando el trabajador debe asistir a una reunión en otra provincia.

Sin embargo, tanto la jurisprudencia como los principios generales del derecho laboral establecen que el tiempo de desplazamiento fuera de la jornada ordinaria, cuando es requerido por la empresa (por ejemplo, para asistir a una reunión presencial en otra provincia), y en el que el trabajador no tiene disposición libre de su tiempo, debe ser compensado. El tiempo de desplazamiento no se considera tiempo de descanso ni de libre disposición, sino que está directamente relacionado con una actividad laboral.

Aunque el convenio no lo especifique de manera exacta para este caso, la lógica aplicada en la compensación de tiempos y gastos por desplazamientos en trabajos en antenas fuera de jornada o por desplazamientos por formación sugiere que Telefónica contempla la compensación por los tiempos y gastos derivados de desplazamientos forzosos.

3. Jurisprudencia relevante

Sentencia del Tribunal Supremo (STS 257/2020): El tiempo de desplazamiento fuera de la jornada laboral para asistir a reuniones o formaciones debe considerarse como tiempo de trabajo efectivo o, al menos, compensable.

Audiencia Nacional (SAN 207/2019): Las reuniones presenciales convocadas por la empresa fuera del centro habitual de trabajo generan el derecho a compensación horaria o económica.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido doctrina relevante sobre el concepto de «tiempo de trabajo efectivo» en situaciones de desplazamiento.

4. Criterio de la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha pronunciado en varias ocasiones, considerando que el tiempo de desplazamiento por orden de la empresa debe ser compensado, bien como tiempo de trabajo efectivo o, en su defecto, mediante una compensación económica o en tiempo de descanso.

5.Conclusión

Sí, el trabajador tiene derecho a la compensación por el tiempo de desplazamiento fuera de su jornada laboral, de acuerdo con la jurisprudencia aplicable.

¿Cómo se compensa el tiempo de desplazamiento fuera de la jornada laboral?

La forma más habitual, y la que establece la jurisprudencia y la lógica laboral, es que la compensación se realice con tiempo de descanso retribuido equivalente. Es decir, por cada hora de desplazamiento fuera de jornada, el trabajador debe recibir una hora de descanso compensatorio.

En ausencia de una regulación expresa en el convenio sobre la compensación de este tiempo de desplazamiento, la solución más justa y conforme a la buena fe contractual sería la compensación en tiempo de descanso equivalente (hora por hora). Esto implica que, si el desplazamiento fuera de jornada dura, por ejemplo, 4 horas, el trabajador debería tener derecho a 4 horas de descanso adicional.

Alternativamente, podría acordarse una compensación económica, siempre que se llegue a un acuerdo con la empresa, tomando en cuenta el Estatuto de los Trabajadores, la jurisprudencia y la práctica común de la empresa, ya que este aspecto no está regulado expresamente en el convenio.

6.Recomendaciones adicionales para la compensación

  • Comunicación formal: El trabajador debe informar de forma formal a su responsable o al departamento de Recursos Humanos sobre la situación y solicitar la compensación del tiempo de desplazamiento.
  • Registro del tiempo: Es recomendable que el trabajador registre de manera precisa las horas de inicio y fin de sus desplazamientos para tener un control detallado y poder presentar una reclamación con exactitud, en caso de ser necesario.

Atentamente,

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