Publicado el calendario de fiestas laborales para el año 2026

Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2026.

Se hacen públicas las fiestas laborales de las 17 Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, tras su remisión al M.º Trabajo y Economía Social conforme dispone el art. 45 RD 2001/1983.

Para el año 2026 la relación es la siguiente:

1.- Fiesta Nacional no sustituible(en las 17 CCAA, Ceuta y Melilla):

– 1 enero (jueves). Año Nuevo.

– 3 abril (viernes). Viernes Santo.

– 1 mayo (viernes). Fiesta del trabajo.

– 15 agosto (sábado). Asunción de la Virgen.

– 12 octubre (lunes). Fiesta Nacional de España.

– 8 diciembre (martes). Inmaculada Concepción.

– 25 diciembre (viernes). Natividad del Señor.

2.- Fiesta Nacional de la que no se ha ejercido facultad de sustitución:

– 6 enero (martes). Epifanía del Señor (en las 17 CCAA, Ceuta y Melilla).

– 19 marzo (jueves). San José (en Galicia, Región de Murcia, Com. Foral Navarra, País Vasco y Com. Valencina).

– 2 abril. Jueves Santo (en Ceuta y Melilla y todas las CCAA, excepto Cataluña y Com. Valenciana).

– 25 julio (sábado). Santiago Apóstol (en Galicia y País Vasco).

– 2 noviembre (lunes). Día siguiente a todos los Santos (en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Com. Madrid, y Com. Foral Navarra).

– 7 diciembre (lunes). Lunes siguiente al día de la Constitución (en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Com. Madrid, Región de Murcia, La Rioja y Melilla).

3.- Fiesta de Comunidad Autónoma:

– 28 febrero (sábado). Día de Andalucía

– 2 marzo (lunes). Lunes siguiente al Día de Illes Balears.

– 20 marzo (viernes). Fiesta del Eid Fitr en Melilla.

– 6 abril (lunes). Lunes de Pascua en Illes Balears, Castilla La Mancha, Cataluña, Com. Foral Navarra, País Vasco, La Rioja y Com. Valenciana.

– 23 abril (jueves). San Jorge. Día de Aragón / Fiesta de Castilla y León.

– 2 mayo (sábado). Fiesta de la Com. Madrid.

– 27 mayo (miércoles). Fiesta del Sacrificio. Eidul Adha en Ceuta y Aid al Adha en Melilla.

– 30 mayo (sábado). Día de Canarias.

– 4 junio (jueves). Corpus Christi en Castilla La Mancha.

– 9 junio (martes). Día de la Región de Murcia y Día de La Rioja.

– 24 junio (miércoles). San Juan en Cataluña, Galicia y Com. Valenciana.

– 28 julio (martes). Día de las Instituciones de Cantabria.

– 5 agosto (miércoles). Nuestra Señora de África en Ceuta.

– 2 septiembre (miércoles). Día de Ceuta.

– 8 septiembre (martes). Día de Asturias y Día de Extremadura.

– 11 septiembre (viernes). Fiesta Nacional de Cataluña.

– 15 septiembre (martes). La Bien Aparecida en Cantabria.

– 9 octubre (viernes). Día de la Com. Valenciana.

– 26 diciembre (sábado). San Esteban en Illes Balears y Cataluña.

4.- Peculiaridades:

– Canarias: En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 18 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 5 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.

– Cataluña: En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (Sant Esteve) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), miércoles

A estos festivos se añadirán los festivos de carácter local que serán fijados por los ayuntamientos.

A continuación puede consultar el cuadro general de fiestas laborales 2026:

Asimismo, les recordamos que de acuerdo con el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores deberá elaborarse anualmente por la empresa el calendario laboral, que deberá contener la jornada de trabajo establecida en convenio, así como los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos y la distribución anual de los días laborales y festivos, debiendo exponerse un ejemplar de este en un lugar visible de cada centro de trabajo.

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