Comité Intercentros (26-06-2012)

El 26 de junio se ha celebrado el Pleno ordinario del Comité Intercentros del que pasamos a informaros.
Como primer punto del orden del día, se vota el acta del anterior pleno del CI del 30 de mayo con 11 votos a favor de (STC-UTS, UGT, CCOO y CGT), ninguno en contra y 1 abstención (Cobas-ast).

Se han reunido las siguientes comisiones de trabajo dependientes de este CI desde el anterior pleno:

– LPRL (12-06-12)
– CCSS (21-06-12)
– Provisión de RRHH (19-06-12) Resumen datos CET-CACE 1ª fase
– Provisión de RRHH (21-06-12)
– Resumen Becarios 2012
– Evoluciones / Involuciones: Carrera comercial
– Proyecto Atención Comercial: continuación (2ª fase)

En referencia a las reuniones del grupo de provisión, STC-UTS, igual que en la reunión anterior, consideramos positivo potenciar las áreas de atención comercial y garantizar la empleabilidad de las categorías que tienden a ser amortizadas, pero de igual forma consideramos que se debería atender la circularidad entre los diferentes segmentos con el fin de dar mayor movilidad a la carrera comercial y flexibilizar el modelo evolutivo.

De todas ellas se ha emitido el correspondiente informe, el cual se encuentra disponible en nuestra página web: www.sindicalstc-uts.es

Como siguiente punto del orden del día, se informa del tratamiento y resolución dados a todos los escritos recibidos en la secretaría de este Comité Intercentros y se comunicarán a la mayor brevedad aquellas resoluciones pendientes por haber sido trasladadas a las distintas comisiones de trabajo dependientes del CI, así como las respuestas a los escritos emitidos, conforme se vaya teniendo constancia de los resultados de las gestiones realizadas y las respuestas obtenidas.
 
Al escrito recibido con nº RE_232, solicitando la adaptación a la legislación vigente de la composición de los miembros de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de TdE, STC-UTS hace referencia a lo manifestado en el CI de fecha 23-02-2011 y que volvió a reiterar en el CI del 21-03-2012.

“Teniendo conocimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional de Fecha 29 de noviembre de 2010, que ha declarado inconstitucional el sistema de designación directa por los representantes de los trabajadores de los miembros de la Comisión de Control del Plan de Pensiones, proponemos que el Comité Intercentros se dirija a la Empresa para que, con la mayor celeridad posible, vuelvan a convocar elecciones a la Comisión de Control del Plan de Pensiones, dado que dicho sistema siempre se ha mantenido dentro de la legalidad y la constitucionalidad.”

En cuanto al escrito con nº RE_235 por el que solicita la creación de un grupo de trabajo para la formulación de un reglamento del actual Seguro de Sueldo, STC-UTS indicamos que si bien seguimos trabajando sobre este tema, y al existir ya conflicto colectivo, salvo haya un acuerdo antes del acto del juicio, nuestro sindicato se reserva su derecho a manifestar nuestra posición en el acto del juicio.

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