LA FUNCIÓN DE FIN DE AÑO III

En el acto final de la función de fin de año analizamos desde STC donde se encuentra la negociación, lo que se ha aportado, y que se deriva del posible acuerdo al que se llegue.

EL MOMENTO DE LA NEGOCIACIÓN

Al parecer la empresa ha hecho su última oferta, esperando respuesta de los sindicatos negociadores. Exige que se culmine el proceso antes de fin de año. De las voces discordantes lanzadas al viento ya veremos en qué quedan. Hemos visto esa actuación varias veces en el pasado.

Penalización a los no adheridos a planes anteriores: O, dicho de otro modo: discriminación por edad. Tres puntos menos de renta si naciste antes de 1967. Ya explicamos en un comunicado anterior los motivos que desde STC nos inducía a pensar que esta cláusula es ilegal y a la que nos oponemos con rotundidad (algo que no hemos observado en los compañeros negociadores). En la última oferta de la Empresa se introduce una excepción para aquellos que no les dejen marcharse: no se verán penalizados en planes futuros. Años atrás no advirtió de que sí penalizaría en el futuro a los que rechazaran adscribirse. Un hecho que nos motiva aún más a iniciar acciones contra esta medida y los planes anteriores “voluntarios y universales”

Discriminación de los adscritos al seguro de supervivencia: Sin cambios. El maltrato histórico de los tres socios en Fonditel S.A. al trabajador no adherido al Plan de Pensiones.

Medidas paliativas para aquellos con edad ordinaria de jubilación más allá de los 65 años: Por fin se ha incluido un mecanismo que permita a los compañeros que no cumplen el requisito para jubilarse a los 65 años puedan hacerlo con posterioridad sin padecer un periodo en ausencia de rentas. Es una mejora, aunque poco generosa ya que la cantidad percibida es la que correspondería a los 65 años prorrateada. No obstante, introduce una opción hasta ahora inexistente y que desde STC hemos reivindicado en varias ocasiones. Nada se dice, sin embargo; de aquellos que no se adhirieron a planes anteriores que no cubrían esta contingencia. Ahora se verán penalizados por la cláusula de discriminación por edad. Otro motivo más para pleitear la cláusula de penalización por edad.

Prevención de la inflación PSI: Ausencia total de medidas. La inflación cae del lado del trabajador.

No universalidad: Un elemento muy peligroso que introduce lo malo de un ERE por motivos organizativos y ninguna de sus ventajas (como el ingente ahorro fiscal para el trabajador). La pretensión de la empresa de reducir plantilla por motivos organizativos entendemos que no es compatible con el concepto de PSI. En STC pensamos que se podría haber negociado de otra manera, por ejemplo, creando una salida escalonada para los compañeros del 67 adscritos a “áreas críticas”. De esta forma, los Compañeros adscritos a esas áreas no verían mermados sus derechos con respecto a los demás. Imaginemos que alguien no pudiera adherirse y acabó en un área crítica por una reestructuración. De esa manera, la empresa podría reorganizarse con tiempo suficiente, si es que fuera necesario, estableciendo ese periodo de baja “efectiva” según sus necesidades.

Mapa territorial de actividades: De este asunto abundaremos en otro comunicado sobre movilidad geográfica forzosa. Este asunto es la antesala de la movilidad forzosa provincial. Sin embargo, no se introduce nada favorable a los trabajadores en esta materia, como sería una nueva regulación de traslados y cambios de acoplamiento.

VALORACION:

Aún quedan importantes ingredientes por conocer del programa de suspensión. La falta de transparencia, o la mera torpeza de los interlocutores no permite tener una imagen real que permitan una cuantificación objetiva de la oferta de adhesión. Y eso que es la oferta definitiva.

Intolerable que se permita que la empresa formatee a su conveniencia, como si de un ERE se tratara, las personas que se tienen que adherir al PSI. El concepto PSI ya es de dudosa legalidad por sí mismo, pero es que cuando se le incorporan las motivaciones empresariales en menoscabo de la universalidad y voluntariedad de los trabajadores, la legalidad del Plan está más que en entredicho. Se anticipa ruido de tribunales.

Desde STC ofrecemos una posición crítica y constructiva al mismo tiempo. Siempre con propuestas de solución alternativas huyendo del nihilismo que solo ofrece bloqueo. Estamos absolutamente convencidos de que, si hubiésemos estado en la mesa de negociación se habría logrado una propuesta de la Empresa más ventajosa para la plantilla. Las mesas al gusto de la Empresa obligan a pagar un peaje a los trabajadores.

Solo falta la firma societaria y bajar el telón de la función de Fin de Año.

Feliz año 2022. Afíliate a STC

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