PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACION 2017/2018

El PIF es el permiso autorizado por la empresa a un trabajador, para la realización de un curso, dirigido a la obtención de un título oficial, con una duración máxima de 200 horas. Te informamos que con fecha 3 de julio de 2017, se ha publicado un Real Decreto que establece las nuevas condiciones para disfrutar de un PIF. Estos requisitos vienen recogidos en las bases de la convocatoria. Prepara tu documentación para presentarla a través de la intranet.

El periodo máximo de disfrute de la convocatoria 2017-18 será desde el 2 de enero al 30 de  junio de 2018 y siempre dentro del periodo lectivo del curso académico objeto del PIF.

Documentación de interés:

1.- Bases de la convocatoria (pdf, 110 Kbytes)
2.- Formulario  Web de Solicitud

Los enlaces solo funcionan desde la red corporativa

Estos son los pasos a seguir para realizar la solicitud con la información y requisitos necesarios:

  • A través del enlace de solicitud de PIF acceder a la aplicación web 
  • Al entrar y pulsar la opción de solicitar PIN, se generará un PIN que será informado por correo electrónico al solicitante. Este PIN es necesario para realizar la solicitud del PIF en la web garantizando la seguridad.
  • Cumplimentar los datos en el formulario web, en todas las pestañas. Se asignará un número de solicitud de  PIF que se mostrará en pantalla y que es importante anotar para el resto de trámites que se requieren.
  • Los datos se deben ir guardando. Con el PIN se podrá acceder de nuevo al formulario web para seguir con la cumplimentación en tanto no se haya enviado.
  • Una vez que todos los datos requeridos estén cumplimentados y guardados, el solicitante podrá finalizar y registrar la solicitud.
  • A continuación, el solicitante deberá remitir junto con el número de solicitud de PIF la siguiente documentación al buzón:  TE_PERMISO_INDIVIDUAL_FORMACION
  1. Solicitud firmada por el solicitante y por el responsable
  2. Certificado de oficialidad de la acción formativa
  3. La matrícula de los estudios, así como las horas lectivas presenciales matriculadas
  4. Calendario y horario del curso
  5. Pago del curso o tasas académicas
  6. Programa del curso
  • En el caso de estudios a distancia, se presentará también justificante del centro educativo con las horas y el horario de las tutorías presenciales obligatorias de las asignaturas en las que se esté matriculado.

Es importante consultar el documento de las bases de la convocatoria que servirá de ayuda sobre los pasos a seguir en la gestión de la solicitud.

La resolución de la convocatoria se dará a conocer de forma individual por correo electrónico, una vez estudiadas todas las solicitudes por la Comisión Interempresas de Formación.

IMPORTANTE

Es obligatorio conocer y aceptar la normativa desarrollada en las bases.

Se deben solicitar las horas que se van a necesitar para asistir a las clases o tutorías obligatorias presenciales, con un tope máximo de 200 horas, que es el límite que marca la legislación.

El disfrute del PIF se hará durante la realización de los estudios en los que se está matriculado y siempre dentro del calendario lectivo de cada centro. La fecha fin del disfrute lo determinará el último día de celebración de clases o tutorías, aunque en ningún caso comenzará antes del 2 de enero y finalizará más tarde del 30 de junio de 2018.

El tiempo de desplazamiento sí se considera dentro de las horas concedidas.

El beneficiario debe acordar con su responsable la organización de las horas concedidas, tanto al inicio, como durante el período del permiso. Siempre deben aprobarse de mutuo acuerdo, buscando un equilibrio responsable entre las necesidades organizativas de su puesto de trabajo y el aprovechamiento de las clases a las que asiste.

En caso de que por motivo justificado (baja por enfermedad de larga duración, rotaciones, cambios de puesto…) no se pueda disfrutar del PIF en parte o en su totalidad, es necesario comunicarlo lo antes posible al buzón del PIF.

El límite de horas por jornada está limitado a la duración de las clases presenciales a las que asiste el beneficiario.

Durante el periodo de la convocatoria de PIF o posteriormente a la misma, Fundación Estatal para la Formación en el Empleo o el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pueden requerir documentación adicional sobre determinados PIF concedidos y elegidos de forma aleatoria. Es obligatorio contestar a estas inspecciones y el empleado deberá aportar la documentación requerida en los plazos que se establezcan. Igualmente es necesario guardar todos los documentos originales tanto en papel como en formato electrónico, durante al menos cinco años.

Una vez finalizado el disfrute del PIF hay que enviar al buzón indicado la “Plantilla de Seguimiento de PIF”.

CRITERIOS CONCESIÓN DE HORAS

Los criterios para priorizar las peticiones se desarrollan en las bases de la convocatoria.

Si tienes cualquier duda o consulta, por favor, ponte en contacto con nosotros enviando un correo al buzón:

TE_PERMISO_INDIVIDUAL_FORMACION  (te_pif@telefonica.com)

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