PLAN DE PENSIONES. LA JUSTICIA DA LA RAZON A STC-UTS

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 31 de marzo, ha dictado sentencia favorable a nuestro Recurso de Suplicación y en la que se declara la NULIDAD del proceso electoral para el colegio de Beneficiarios de las elecciones a la Comisión de Control celebradas el 21 de febrero de 2013.

Todo comenzó con la demanda presentada por STC-UTS ante la negativa de la Mesa Electoral Central a facilitar a nuestra candidatura los datos de los electores, a fin de hacerles llegar nuestra propaganda electoral.

La sentencia dictamina que nuestra candidatura tenía derecho a obtener de la mesa electoral, tras la proclamación definitiva, el censo del colegio de beneficiarios, donde conste la dirección de estos. Declara NULO el proceso y RETROTRAE las actuaciones a la proclamación definitiva de candidaturas. En consecuencia, repetir elecciones. Esta sentencia es recurrible.

 Ya sabíamos que la Comisión de control del Plan de Pensiones está compuesta por la Empresa y por los sindicatos que ha firmado el CEV.

También conocíamos que los firmantes del CEV, habían suprimido voluntariamente las elecciones a la Comisión de Control. Implantando un mecanismo de elección directa a través del Comité Intercentros. Para STC-UTS un atropello innecesario que dio lugar a un pronunciamiento del Tribunal Constitucional por vulneración de derechos del colegio de beneficiarios, obligando a celebrar elecciones en dicho colegio.

Sabemos que nuestro Plan de Pensiones es una calamidad en lo referente a rentabilidad. Se ubica en el puesto 81 de 90 en el ranking de planes de pensiones de empleo. Perdió más de 1.000 millones, unos 20.000 euros por trabajador entre 2008 y 2010, sin dimisiones en la Comisión de Control.  

Pero lo que no sabíamos es que se arriesgarían a tener de repetir el proceso, y la posible anulación de los acuerdos de los últimos años, por negarnos la información que solicitábamos desde STC-UTS  

Como comparativa, 60.000 euros de derechos consolidados (aportaciones más rendimientos),  supondrían, en el mismo periodo:

En el plan de ALTADIS, Situado en la mitad del ranking de rentabilidades: 77.000 euros, es decir 17.000 euros más de beneficio, y en el plan CASBEGA, situado en la cabeza del ranking de rentabilidad: 95.000 euros, es decir, 35.000 euros más de beneficio.

CONCLUSIÓN: ESTAS PERDINENDO DINERO.  

SEGUIREMOS INFORMANDO

AFILIATE A STC.

Entradas relacionadas

Scroll al inicio