LA FUNCIÓN DE FIN DE AÑO II

Han transcurrido ya varios actos de la función de fin de año. Un buen momento para analizar lo sucedido hasta ahora y realizar las propuestas que desde STC consideramos convenientes para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores afectados.

Desde nuestro anterior comunicado en el que aportábamos varias propuestas hemos conocido que la negociación se ha dirigido hacia una ruta en la que aparecen la penalización por decisiones del pasado y la no universalidad.

En STC nos oponemos de forma tajante a que se penalice a los compañeros que no hubieran aceptado adherirse a anteriores planes de adecuación de plantilla. No solo pensamos que es incoherente, también creemos que existen motivos para dudar de su LEGALIDAD.

Es incoherente fomentar que las personas más jóvenes cesen su actividad laboral. La propuesta de la Empresa de abonar a los más jóvenes del Plan una cantidad económica superior que a los trabajadores de mayor edad sería un hecho paradójico que se desplaza en dirección contraria a la política del Gobierno del Estado y la de las centrales sindicales.

Puede ser ILEGAL el hecho de que no haberse adscrito a un plan anterior tenga ahora consecuencias para en afectado, sin que se hubiera advertido en su momento de esa circunstancia. Los eslóganes de los anteriores planes aseguraban que eran libres y voluntarios, y nunca se avisó que pagarías un costo o sufrirías una penalización en el futuro si no te adherías. Desde STC analizaremos el texto definitivo, pero ya advertimos que si encontramos flecos de ilegalidad llevaremos este asunto a donde sea preciso.

Las intenciones de no universalizar el proceso eran esperables por parte de la compañía. Sin embargo, tampoco podemos aceptar esa pretensión. Si lo hiciéramos estaríamos convalidando el bloqueo de la movilidad voluntaria que ya hemos denunciado en recientes comunicados. En un PSI no caben determinadas pretensiones empresariales.

Continuamos sin soluciones desde la negociación para proteger de la inflación. Sin medidas que no discriminen a los adscritos al Seguro de Supervivencia. Añadimos que sigue sin buscarse solución a los cada vez más numerosos compañeros que no llegan a los 38 años y seis meses de cotización a la edad de 65 años y por tanto han de esperar unos meses (o hasta dos años) para su jubilación ordinaria. Esto requiere buscar una solución ya, porque la edad del primer empleo se ha ido retrasando con el paso de los años y cuando se supera los 26 años y seis meses ya no se llega al mínimo exigido.

Desde STC consideramos que en esta negociación la parte de los Trabajadores debería aportar el mayor número de propuestas interesantes para la plantilla, como las aportadas por STC (entre las que se encuentran la nueva regulación de traslados y cambios de acoplamiento). Seguiremos expectantes a lo que acontezca en el próximo acto de la función de fin de año.

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