LA JUSTICIA NOS / OS DA LA RAZÓN

Como ya todos sabréis, el pasado 12 de noviembre, la Audiencia nacional resolvió a favor de la denuncia presentada por STC, junto a otras fuerzas sindicales, contra la decisión de Atento (y avalada por ugt, ccoo y fasga) de realizar un ERE, condenando a ésta a “readmitir a los despedidos en sus propios términos, así como a abonarles los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar”.

La sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha atendido, entre otros argumentos, a los razonamientos expuestos en nuestra demanda, en base a la forma en que se realizó el referéndum (pucherazo) para la decisión de firmar o no el ERE, ya que considerábamos que vulneraban tanto nuestro derecho a la libertad sindical como los derechos de los trabajadores que representamos, puntualizando en su sentencia (…) “puesto que si no se publicitó el censo de afectados, ni la composición pública imparcial de las mesas electorales, ni se aseguró el voto personal, libre y secreto de los afectados, siendo llamativo que no votara la totalidad de los 672 trabajadores…., ni se recontó de modo público el resultado, no puede admitirse que se cumpliera la condición en los términos pactados en los acuerdos del 31/7/2014 con unas mínimas garantías democráticas”.

Además, la Audiencia Nacional dentro del desarrollo del punto 5 de los fundamentos de derecho establece que “debemos reprochar fuertemente la actitud empresarial en esta materia, a tal punto que, si no se hubiera producido acuerdo en el periodo de consultas, la consecuencia inexorable sería la nulidad del despido”.  Es decir, la firma del acuerdo no supone un ejemplo de responsabilidad  ni era la mejor opción como ugt y ccoo fueron pregonando. Si no se hubiera firmado el acuerdo, el ERE hubiera sido, de por sí, nulo. De esto se deriva que estos sindicatos, ugt y ccoo, han vuelto a engañar, una vez más, a los trabajadores Os recordamos que durante los días posteriores a la firma del ERE, los delegados de ugt fueron malmetiendo a los trabajadores sobre que los sindicatos que denunciábamos les estábamos vendiendo humo, porque en ningún caso, se cumplían las circunstancias para que el ERE fuese declarado nulo. Como adivinos, no tienen precio!!!!.

Resulta cuanto menos curioso, que uno de los sindicatos demuestre un estado de “muy satisfechos” cuando fue éste sindicato uno de los que firmaron el acuerdo y ahora manifiesta que la Audiencia Nacional le da la vuelta a las pretensiones de Atento. Las pretensiones de ésta no hubieran sido tales sin la firma de ellos.

El otro sindicato que negó hasta el último momento que las causas que la empresa argumentaba “organizativas, económicas y de producción” existiesen,  ahora hace notar que el ERE se declara nulo por otras causas. ¿Alguien los entiende?

Desde STC nos hemos puesto en contacto con la empresa solicitando que cumpla la sentencia y que nos indique cuales van a ser los términos de este cumplimiento. Dependiendo de la decisión de la empresa se abre para los trabajadores diferentes vías (por ejemplo, la empresa tiene 5 días para recurrir al Tribunal Supremo y, en el caso de que recurra, no creemos que vaya a ejecutar la sentencia).

Los trabajadores nos hemos dado cuenta de qué parte están los sindicatos que se autodenominan “mayoritarios” y que sus miras están más por su interés particular (que la mayoría de las veces coincide con el interés empresarial) que por el interés del trabajador. Por el contrario, STC defenderá, en los términos que vosotros decidáis y como lo decidáis, los intereses de los trabajadores.

Agradecemos, por último, a todos vosotros el apoyo prestado durante todo el proceso del ERE. El resultado de ésta sentencia es una victoria de TODOS vosotros y, por ello, os la queremos hacer extensible.

Para más información os podéis poner en contacto con cualquier delegado de STC.

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