Para disfrutar del permiso por hospitalización o enfermedad no hay que probar la convivencia si existe el vínculo familiar requerido
TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sentencia 3159/2024, 27 Jun. Rec. 17/2024 El ámbito subjetivo de este permiso se amplió a convivientes sobre los que se recae el cuidado efectivo, atendiendo a las necesidades de asistencia y cuidados como factores relevantes frente a la convivencia que deja de ser requisito exigible cuando se trate de